FALLO
DEL TRIBUNAL ELECTORAL QUE DEJO SIN
EFECTO LAS ULTIMAS ELECCIONES DEL COLEGIO DE CIRUJANO DENTISTAS
·
Por
sentencia del 8 de Enero de 2019, el Tribunal Calificador de Elecciones,
rechazó, por votación unánime de sus ministros, el recurso de apelación
presentado por el Dr. Jaime Acuña D’Avino, en contra de la sentencia del
Segundo Tribunal Regional Electoral Metropolitano que anulaba las últimas
elecciones del Colegio de Dentistas realizadas el 24, 25 y 26 de Mayo de 2018.
1) La razón de la nulidad es que tres
de los ocho consejeros electos en esa oportunidad, se presentaban para un
tercer periodo consecutivo en sus cargos, cuestión que está explícitamente
prohibido por el artículo 16 de los Estatutos del Colegio. Lo señalado por el tribunal electoral es
solo hacer respetar la institucionalidad y los estatutos vigentes del colegio,
que explícitamente señalan que los consejeros nacionales pueden ser reelectos
para un segundo período consecutivo, pero prohíben la postulación a un tercer
período, es decir, limita a 8 años el tiempo que los consejeros nacionales
pueden ejercer sus cargos. lo que a todas luces resulta sano para la
institución
.
2) Muy por el contrario a lo afirmado por la Directiva
en ejercicio del Colegio, el fallo del Tribunal no representa un cambio de
criterio con respecto a lo ocurrido en elecciones anteriores, lo que
ocurrió es que en anteriores elecciones nadie reclamo por esta situación, ya
que se encuentran en la misma falta la Dra. Maria Eugenia Valle, el Dr. Juan
Antonio Garrido y el Dr. Milton Ramos, quienes frente a este fallo, también
deberían dejar sus cargos, en virtud que, en la apelación, el abogado del Dr. Acuña, manifestó que en
las condiciones actuales quedan sólo cuatro Consejeros Nacionales.
3) La Mesa Directiva en ejercicio,
fue electa por este Honorable Consejo Nacional disuelto por este fallo,
razón por la cual carece de toda
legitimidad y no puede continuar, para garantizar la
cabal continuidad institucional.
4) El Honorable Consejo Nacional para poder sesionar, requiera la mayoría
absoluta de sus miembros, es decir, ocho de sus quince integrantes, después del
fallo quedan sólo siete, por lo que está
legalmente imposibilitado de funcionar, peor aún, deberían quedar cuatro si
renuncian los tres consejeros nacionales que se encuentran irregularmente
ejerciendo sus cargos. En estas condiciones, malamente puede garantizar
transparencia y participación en el proceso eleccionario.
5) Los ocho Consejeros Nacionales que estaban vigentes antes de la
elección y que se pretende citar a un Consejo Nacional
extraordinario, terminaron su periodo como tales en el mes de Junio de 2018, actualmente
no son Consejeros Nacionales, por lo que están inhabilitados para aprobar un
reglamento electoral para una elección del año 2019, tampoco lo están para
convocar a nuevas elecciones
6) Para salir de esta crisis, re
requiere que los restantes integrantes del Honorable Consejo Nacional, convoquen a conformar un tricel, integrado
transversalmente, por otros miembros del Colegio que han mantenido legítimamente una posición distinta en la
solución de los asuntos del Colegio y de los colegiados, para aprobar un
reglamento electoral y luego convocar a nuevas elecciones en el Colegio para
dar cumplimiento a lo ordenado en la Sentencia judicial, de manera de poner fin
a esta escalada de irregularidades, que por años se han cometido en nuestra
institución.
Por último, para conseguir la
unidad de la profesión, lo primero es respetar nuestra institucionalidad, ésta
es la primera obligación que tiene un dirigente del Colegio de Cirujano
Dentistas. Un Colegio Profesional se hace grande, en la medida que sus
dirigentes actúan con lealtad, respeto
hacia los colegiados y responsabilidad en el cumplimiento de los Estatutos vigentes.
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