Por Eduardo Willatt H.
Titulado como Cirujano
Dentista y Licenciado en Odontología en la Universidad de Chile en el año 1996. Especialista en Radiología
Dental y Máxilo Facial de la Universidad de Chile del año 1999.
Desempeño profesional en el
ámbito sanitario público, privado y en la Actividad académica en Pre y Post
Grado.
Y como presidente de FESODECH
Miembro de la Sociedad de
Radiología
Representante de la Sociedad
de Radiología en Fesodech desde el año 2000
Tesorero de FESODECH para el
período 2000 - 2002
Presidente Interino de
FESODECH 2002, 2003
Presidente Electo de FESODECH
períodos 2003-2004, 2004-2005, 2006-2007, 2010-2012 y 2012 a la fecha.
1.- ¿Quiénes integran la Federación de Sociedades
de Especialidades Odontológicas de Chile?
La Federación está
integrada por doce Sociedades de Especialidades Odontológicas con personalidad
jurídica vigente
- Sociedad Chilena de Odontopediatría
- Sociedad Chilena de Salud Pública
Odontológica
- Sociedad de Cirugía y Traumatología
Bucal y Máxilo Facial de Chile
- Sociedad de Endodoncia de Chile
- Sociedad de Implantología Oral de Chile
- Sociedad de Odontología Restauradora de
Chile
- Sociedad de Ortodoncia de Chile
- Sociedad de Patología Oral de Chile
- Sociedad de Prótesis y Rehabilitación
Oral de Chile
- Sociedad de Radiología Oral y Máxilo Facial de Chile
- Sociedad de Periodoncia de Chile
- Sociedad de Trastornos
Temporomandibulares y Dolor Orofacial
2.- ¿Qué objetivos tiene la Federación?
Los
objetivos fundacionales de esta Federación fueron, hacia el año 1991, permitir
la obtención de la Personalidad Jurídica de cada Sociedad de Especialidad a
objeto que pudieran formar parte de la Corporación Nacional Autónoma de
Certificación de Especialidades Odontológicas (CONACEO) y así posibilitar la
conformación de las comisiones de evaluación que operan en esta corporación
cuando se debe dirimir la entrega de certificación de Especialidad a los
Cirujano Dentistas que lo solicitan.
Dicho
rol fundamental se fue desarrollando paralelamente con una función práctica
cual fue constituirse en una entidad de coordinación de las actividades
científicas que organizaban las diferentes especialidades a objeto de
calendarizar los eventos planificados, evitando se traslaparan, contribuyendo a
su éxito de asistencia y facilitando los auspicios solicitados. Asimismo se
transformó en la instancia de diálogo gremial especializado y generadora de consensos
en temas transversales y comunes a todas las Sociedades de Especialidades.
Por
esta razón, durante los años 2004 a 2005 nos abocamos a refundar nuestra
Federación en función de los nuevos desafíos a que enfrentaban nuestras Sociedades
ante un escenario sanitario de especialización creciente y cuando claramente
los objetivos fundacionales habían perdido vigencia.
Indudablemente
la sanción del Decreto N° 57/2007 de Certificación de Especialidades de
Ministerio de Salud, en noviembre de 2008, constituye un punto de inflexión en que
nuestras actividades no sólo se dedicaron a analizar el nuevo marco regulatorio
presente en nuestro país, sino que también se comenzó a coordinar el trabajo de
las diferentes Sociedades de Especialidades a que se refiere el citado decreto
y para la cuales la autoridad propuso Normas Técnicas Operativas que nuestra
Sociedades opinaron fundadamente. Por nuestra parte, y ante la invitación de
las autoridades de nuestro Colegio Profesional, comenzamos a asistir
periódicamente a las reuniones de la Comisión Técnica Asesora Nacional que
debía definir los aspectos operativos en que los Directores de Servicio podían
habilitar a médicos y dentistas para ejercer acciones especializadas en el
Sector Público de Salud y así aparecer en el Registro Nacional de Prestadores
de la Superintendencia de Salud.
En la
actualidad estamos trabajando fuertemente en rediseñar FESODECH, al alero de
este nuevo marco regulatorio y sanitario con miras a constituirla en el referente
de la Odontología Especializada de nuestro país.
3.- ¿De qué manera puede ser acreditada una especialidad odontológica? ¿Debiera ser
obligatoria (Ley de Especialidades)?
En la
actualidad la vía más obvia de acreditación de una especialidad está constituida
por la certificación universitaria de aquellos planteles de educación superior
que dictan cursos de especialización. Aun cuando dichos programas no se
encuentran acreditados ante la autoridad competente como lo contempla el
reglamento vigente y, por ahora, sólo se ha citado a quienes van a conformar
una instancia consultiva de la cual saldrán los lineamientos generales de acreditación
de las especialidades contempladas en el reglamento.
En el
entendido que el devenir científico técnico tiene un avance vertiginoso, las
Sociedades de Especialidades incluidas en CONACEO, el organismo certificador
actual de nuestro gremio, tendrán en el futuro la gran responsabilidad de
certificar la vigencia de la condición de especialistas.
Conviene,
en este punto, tomar conocimiento respecto de la normativa vigente en que el citado D°N° 57/2007 tiene dos regímenes,
uno transitorio que está actualmente rigiendo y otro permanente que comienza su
vigencia en 2015. En ese régimen transitorio, se contempla la certificación de
odontólogos generales que ejercen acciones de especialidad por un mínimo de 22
hrs. por 5 años acreditados antes del 06 de noviembre del 2008 en instalaciones
reconocidas. Infortunadamente por estos días hay rumores de un enorme retroceso
en este sentido dado que, en un momento en que la cantidad de odontólogos
especialistas existentes en nuestro gremio y el número de cursos de
especialización disponibles son potencialmente crecientes, se pretende hacer
permanente la disposición transitoria que acabo de relatar, lo que aparece contraviniendo
la necesidad de aseguramiento de la calidad de las prestaciones sanitarias,
desafío pendiente de la reforma de salud en nuestro país.
Desde
nuestra perspectiva, por cierto que es deseable caminar hacia una ley de especialidades,
en el tenor que una atención odontológica especializada favorece la eficiencia
y éxito de la terapia en cada disciplina en particular y, por tanto, tiene alto
impacto en lo referido a la calidad y eficacia de los servicios prestados.
4.-¿Cuál es
la situación de los dentistas extranjeros que desean trabajar o trabajan como especialistas
en nuestro país?
En
primer término, la posibilidad de ejercicio de la Odontología en nuestro país
por parte de colegas provenientes del extranjero dependerá del país de origen,
dado que aun hoy están vigentes convenios celebrados durante las primeras
décadas del siglo pasado en que sólo basta los trámites del Ministerio de
Relaciones Exteriores para ser habilitado en el ejercicio de nuestra Profesión.
En caso contrario, es decir de provenir
de aquellos países sin convenio vigente, dependerá de si han revalidado su
título ante la Universidad de Chile.
Luego
del aquello, el ejercicio de una especialidad odontológica se relaciona con la
no existencia de una ley de especialidades. En este contexto y muy
desafortunadamente desde nuestra visión como Federación, cualquier médico o
dentista puede ejercer acciones especializadas en al ámbito privado, reduciendo
su prestigio y promoción al derrotero de su eficiencia clínica y terapéutica.
Esta situación no sólo afecta a los odontólogos extranjeros que laboran en
nuestro país, también es la situación que viven nuestros connacionales, sólo existiendo
un escenario diferente si se labora en el ámbito exclusivamente público o en régimen
de convenio con los Servicios de Salud en que la acreditación obliga a la
certificación de las Especialidades respectivas, con la ya expuesta condición
especial propuesta en el régimen transitorio.
5.-¿Cómo ha sido la relación entre FESODECH y la directiva del Colegio de Cirujano
Dentistas?
Desde
que me ha correspondido participar en FESODECH, la relación ha sido bastante
fluida y debo reconocer que a ello han contribuido las administraciones de
nuestro Colegio Profesional presididas por los Dres. Rolando Schulz, María
Eugenia Valle y Roberto Irribarra,
nuestro actual Presidente.
En
términos formales, desde hace bastante tiempo que el Presidente de FESODECH
ocupa un lugar en el Departamento Científico del Colegio, lo que permite
canalizar hacia la Directiva y el Honorable Consejo Nacional de Colegio las
inquietudes surgidas al interior de las Sociedades que se encuentran a la fecha
adscritas a nuestra Federación.
6.- ¿Qué beneficios concretos traería a los pacientes
que los Odontólogos especialistas, tanto en el sistema público como en el
privado, estuvieran acreditados como tales?
Indudablemente
el aseguramiento de la calidad en salud odontológica, de manera coherente
con la necesidad de la reforma de salud en la actualidad, y por consecuencia
lógica, el fortalecimiento de la fe pública en el ámbito sanitario odontológico
especializado. Es por esta razón que nos preocupan las determinaciones
recientes que aparenta haber tomado la Autoridad Sanitaria, toda vez que los
miembros de nuestras Sociedades no sólo se han preocupado de obtener una
completa y acabada formación de competencias profesionales especializadas, sino
que permanente se encuentran actualizando sus conocimientos y habilidades a
objeto de brindar cada día un mejor servicio a los beneficiaros de los sistemas
de salud tanto público como privado de nuestro país.
Observaciones:
Finalmente,
me gustaría agradecer la posibilidad que me da vuestro medio, de dar a conocer
parte de la visión que como Federación de Sociedades de Especialidades Odontológicas
tenemos frente a la realidad nacional y que, a veces, es entendida de manera
distorsionada por parte de nuestro gremio profesional. Nuestro norte seguirá
siendo favorecer el desarrollo de la calidad de las acciones odontológicas
especializadas que nuestros colegas pueden entregar a la comunidad.